bursatil - Notaria 178 CdMx

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SOCIEDAD ANÓNIMA BURSATIL
SIGLAS: S. A. B.
LEY QUE LA REGULA
Ley del Mercado de Valores y a lo no previsto por Ley general de sociedades mercantiles, así como a lo previsto por las leyes del sistema financiero
CARACTERISTICAS
La Sociedad Anónima Promotora de Inversión Bursátil que adoptan dicha modalidad,
o Sociedad Anónima cuyas acciones están inscritas en el Registro Nacional de Valores.
PROCESO DE
MODIFICACIÓN O CONSTITUCIÓN
- Asamblea de accionistas presencial o en linea para modificar los estatutos de la S.A.P.I..B. -Protocolización del acta de asamblea por notario público, con la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
- Sociedad Anónima cuyas acciones representativas del capital social o títulos de crédito que representen dichas acciones, se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Valores.
- Inscripción en el Registro Público de Comercio.
- Registro de sus acciones ante el Registro Nacional de Valores
NOMBRE
A la denominación social se le agregará la expresión Bursátil o la palabra B
CAPITAL SOCIAL
Queda sujeta a lo señalado por la autoridad, - Comisión Nacional Bancaria y de Valores-
SOCIOS
Sus derechos se sujetan a los estatutos, convenios entre socios y la ley

INTEGRACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y ORGANOS SOCIALES Y DE VIGILANCIA

-          Debe de ajustarse a los establecido por la ley del mercado de valores y en las leyes especiales del sistema financiero
-          Consejo de Administración (máximo 21 consejeros)
Las sociedades anónimas bursátiles no estarán sujetas a lo previsto en el artículo 91, fracción V de la Ley General de Sociedades Mercantiles, ni serán aplicables a dichas sociedades los artículos 164 a 171, 172, último párrafo, 173 y 176 de la citada Ley.
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